Las sociedades de Panamá pueden ser usadas para muchos tipos de transacciones las cuales no están limitadas a los fines específicos del pacto social. Concerniente a tenencias de acciones, en Panamá no existen limitaciones, por lo tanto una sociedad puede emitir acciones al portador o en forma registrada. Además, la emisión de acciones no es un asunto de registro público. En relación a tributación, cualquier sociedad panameña que tenga utilidades de actividades fuera de Panamá, dividendos o fondos extranjeros no está sujeta a tributación por la ley panameña.
Las sociedades panameñas, con operación exclusivamente extranjera, no están sujetas al pago de algún ingreso u otros impuestos en Panamá. No existen requisitos para presentar reporte alguno o declaraciones de impuestos con el gobierno panameño en relación a actividades extranjeras.
Otras Jurisdicciones: