Acerca de Panamá

Panamá, ha sido reconocida históricamente como un país privilegiado en el corazón de las Américas, debido a su invaluable posición geográfica y ambiente libre de desastres naturales que han sido maximizados con la construcción del Canal (ahora en expansión), puertos desarrollados (en ambas costas), cinco cables ópticos, conexiones por aire (el más importante en América Latina, democracia comprobada, sistemo moderno de impuestos, centro bancario confiable, sociedad sin descriminación y recursos humanos de primera calidad mundial, como se muestra en las operaciones del Canal de Panamá; todas estas características hacen de Panamá un centro comercial regional.

En vista de los asertos anteriores, nuestro País ha unido esfuerzos para promocionar la inversión internacional implementando diferentes mecanismos para atraer inversionistas extranjeros. Panamá tiene más de 40 leyes y decretos que ofrecen ventajas a los inversionistas en términos de impuestos y operaciones. Algunas de las áreas que son beneficiadas con estas regulaciones se encuentra el turismo, minería, seguros, industrias del agro, zona libre de petróleo, infraestructura y construcción. Además, Panamá ofrece a los inversionistas extranjeros la posibilidad de solicitar cualesquiera de las siguientes alternativas comerciales:

  1. Zona Libre de Colón
  2. Zona de Procesamiento
  3. Área Económica Especial Panamá-Pacífico
  4. Sede de Sociedad Multinacional

1. Zona Libre de Colón:

La Zona Libre de Colón fue creada por Decreto-Ley No. 18 fechado el 17 de junio de 1948 como una institución autónoma con su propia personalidad jurídica pero supervisada por el órgano ejecutivo y el contralor general. Desde el momento de su creación, la Zona ha llenado exitosamente su propósito como un lugar de importación, re-exportación, almacenamiento, ensamblaje, y re-empaque de una amplia gama de mercancías como aparatos electrónicos, zapatos, carteras, joyería, ropa, motores, bebidas, muebles, textiles y lo más popular del mercado de la moda internacional se mercadea en la Zona Libre de Colón.

2. Zonas de Procesamiento para la Exportación:

De acuerdo con la Ley No. 25 del 30 de noviembre de 1992, Las Zonas de Procesamiento para la Exportación (PZE) son esas áreas delimitadas, creadas como zonas de comercio libre. El propósito de estas áreas es proporcionar el mejor ambiente para el establecimiento de compañías de todo el mundo que puedan beneficiarse de las ventajas panameñas y competir en el mercado internacional. En las PZE se pueden establecer personas naturales o jurídicas, locales o extranjeras, orientadas a la producción de mercancías y servicios en las siguientes categorías de compañías: Manufactura, ensamblaje, procesamiento de productos semi-elaborados o terminados y servicios de exportación.

3. Área Económica Especial Panamá-Pacífico:

Panamá ha desarrollado una ley que busca incrementar la explotación de su potencial económico y comercial. Para este fin, ha creado un sistema de impuestos, aduana, laboral, inmigración y de negocios especiales para el establecimiento y operación de una Área Económica Especial Panamá-Pacífico, mediante la Ley No. 41 del 20 de julio de 2004, la cual crea una entidad autónoma del estado, llamada Agencia para el Área Económica Especial Panamá-Pacífico, dirigida a estimular y asegurar el flujo y movimiento libre de activos, servicios y capital para atraer y promover las inversiones.

Localizada en la antigua Base Aérea Howard, que fue devuelta a la República de Panamá por el Gobierno de los Estados Unidos, por virtud de la ejecución de los tratados del Canal de Panamá . Muy próxima a los puertos de Rodman y Balboa a la entrada del Canal de Panamá, está a solo 15 minutos del centro de la ciudad de Panamá. Debido a la facilidad de conexiones, el área es muy atractiva para cualquier clase de actividad económica , incluyendo pero no limitado, a las actividades relacionadas a la informática y telecomunicaciones, tecnología, servicios offshore, mantenimiento, reparación y acondicionamiento de aviones, actividades logísticas, ensamblaje, desarrollo de bienes raíces, turismo, entre otras.

Entre los beneficios e incentivos fiscales para establecer cualquier tipo de compañía en esta región, se encuentran: servicios offshore, transferencia de acciones entre sociedades en el área. La transferencia de activos y el ofrecimiento de servicios entre las compañías del área o compañías establecidas en las zonas libres de petróleo o áreas portuarias, la venta de mercancías u ofrecimiento de servicios a los visitantes, pasajeros o miembros de una tripulación en tránsito al extranjero o a naves que cruzan el Canal de Panamá o aeronaves que usan los puertos habilitados en Panamá con destino al extranjero, excepto que la venta es llevada a cabo por los fabricantes mismos o una compañía del mismo grupo económico, servicios o actividades relacionadas a la aviación y aeropuertos, transportación, manejo y almacenamiento de carga, mantenimiento, reparación, conversión y re-conversión aeronaves, repuestos y/o piezas de aeronaves, al igual que la distribución, manufactura de repuestos y/o piezas de aeronaves, manufactura de productos de alta tecnología, servicios multi-modal y de logística y servicios de centros de llamada.

4. Sede de Compañía Multinacional:

Mediante la Ley 41 del 24 de agosto de 2007, se creo un sistema especial para el establecimiento y operación de Sedes para Compañías Multinacionales y la Comisión de Licencias para Sedes de Compañías Multinacionales, y otras disposiciones fueron emitidas; la República de Panamá pretende facilitar el acceso a los beneficios ya existentes en materia laboral y de impuesto, para las Sedes de Compañías Multinacionales.

La Ley No. 41 define a la compañía SEM como una compañía multinacional que desde Panamá, lleva a cabo operaciones dirigidas a ofrecer los servicios definidos en esta Ley, a su Casa Matriz o sus subsidiarias o sus compañías filiales o asociadas, o para establecer su Casa matriz en Panamá, de aquí en adelante el Grupo de la Compañías. Las Sedes siempre serán parte de las compañías multinacionales con operaciones internacionales o regionales o importante en su país de origen. Se entiende, para todos los propósitos, como sede de una compañía multinacional (SEM), aquellas compañías que ofrecen servicios a compañías relacionadas y que tienen su propio ingreso.

La Ley No. 41 establece beneficios fiscales parad la Sede de una Compañía Multinacional al igual que para el personal de nivel medio-alto extranjero. Adicionalmente, ofrece beneficios de inmigración y laborales, especialmente a los empleados extranjeros que una SEM contrate. Entre las actividades que SEM puede llevar a cabo con su grupo de compañía , son los siguientes: Asesoramiento y/o administración para la operación en un área geográfica específica o global de una compañía del grupo de compañías, la logística y almacenamiento de componentes o partes requeridas para la manufactura o ensamblaje de productos manufacturados, asistencia técnica a compañías del grupo de compañías o a sus clientes quienes han adquirido cualquier producto o servicios de la compañía, la contabilidad del grupo de compañías, la preparación de planes que son parte del diseño y/o construcción o parte del mismo, que constituye una parte del curso típico de la actividad comercial de la casa matriz o cualesquiera de sus subsidiarias, el asesoramiento, coordinación y seguimiento del asesoramiento del mercadeo y publicidad de bienes o servicios producidos por el grupo de compañías, el procesamiento electrónico de cualquier actividad, incluyendo la consolidación de las operaciones del grupo de compañías. La administración financiera (tesorería) del grupo de compañías, el apoyo de operaciones e investigación y desarrollo de productos y servicios del grupo de compañías, y cualesquiera otros servicios previamente aprobados por la Comisión de Licencias de SEM.

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